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martes, 13 mayo 2025 / Publicado en Noticias

Ante las dudas de los autónomos sobre el cambio de CNAE, Seguridad Social abre este nuevo servicio

Ante las dudas de los autónomos sobre el cambio de CNAE, Seguridad Social abre este nuevo servicio

La Seguridad Social ha lanzado un nuevo servicio dentro de IMPORTASS dirigido a que los autónomos y sus apoderados comuniquen los códigos de actividad de los nuevos CNAE, que se publicaron a comienzos de año en el BOE con el Real Decreto 10/2025, y que sustituyen a la antigua clasificación, de 2009. Lo cierto es que, en los últimos días, se han multiplicado las dudas de los autónomos sobre esta actualización de los CNAE.

Así, tanto los propios trabajadores por cuenta propia que estén dados de alta, como los autorizados RED, podrán comunicar los códigos que correspondan a sus actividades con este nuevo espacio habilitado tanto en el portal web como en la App de IMPORTASS. Como recordó este diario recientemente, los cambios en el código CNAE deben ser comunicados antes del próximo día 30 de junio.

Además, el servicio contiene una guía actualizada donde el organismo público resuelve algunas de las cuestiones principales acerca de esta materia con las cuestiones que se responden más abajo, y con un enlace directo a al Buscador de Actividades de la Agencia Tributaria, dado que también se puede localizar el código mediante su correspondencia entre los CNAE y el IAE (Impuesto de Actividades Económicas).

Asimismo, en los casos en que la Tesorería haya realizado el cambio automáticamente, los autónomos podrán comprobar en su área personal el código CNAE que les ha sido asignado, a fin de cumplir con sus obligaciones de manera correcta, entre las que se encuentra cotizar adecuadamente.

Seguridad Social explica cómo pueden actualizar o comprobar los autónomos su nuevo código CNAE

  1. ¿Por qué se han modificado los códigos CNAE?
  2. ¿Por qué es necesario que los autónomos actualicen el código CNAE?
  3. ¿Cómo pueden comunicar los autónomos el cambio al nuevo CNAE25?
  4. ¿Quién tiene que realizar la comunicación del código CNAE25?
  5. ¿A partir de qué fecha se va a hacer efectivo este cambio?
  6. ¿Qué información van a recibir autónomos y apoderados?

¿Por qué se han modificado los códigos CNAE?

Debido a que las clasificaciones estadísticas se actualizan para “reflejar la realidad económica del momento”, motivo por el que se han modificado los antiguos códigos, que no habían sido actualizados desde el año 2009.

Como resultado, la nueva clasificación cambiará el código para varias de las actividades que desempeñan los trabajadores por cuenta propia, incluyendo una clasificación más amplia que la anterior.

¿Por qué es necesario que los autónomos actualicen el código CNAE?

Como ya avanzó este diario, aunque por el momento la Tesorería no ha indicado que vaya a haber sanciones al respecto por no haber actualizado el código, no cumplir con esta obligación puede presentar complicaciones importantes dado que afecta a la cotización que deben abonar los trabajadores por cuenta propia.

Como ejemplo, generaría problemas en cuanto a las contingencias de los empleados a cargo, debido a que, según en qué categoría se encuentren en función del CNAE, se les aplica una prima determinada u otra para establecer su cotización por Accidente de Trabajo (AT) y Enfermedad Profesional (EP), ya que la Seguridad Social las regula en función de ciertas características la actividad en cuestión, como su peligrosidad.

También, podrían derivarse problemas cuando vayan a presentar los seguros sociales, ya que, si no se corresponde con la información que conste para la Tesorería, al presentarlos, dé error, según explicaron a este medio los laboralistas.

Asimismo, también es necesario disponer del CNAE para tener la base de datos de Hacienda -la información censal- actualizada, quien sí puede sancionar a los autónomos por no haber realizado este procedimiento, según el artículo 202 de la Ley General Tributaria (LGT), y supondría una multa de 150 euros.

También, el código CNAE es necesario para cumplir con otras obligaciones administrativas, como es el caso de las sociedades mercantiles, que deben incluirlo en las escrituras de constitución de la sociedad y dar constancia de su cambio en el Registro Mercantil. Y para acceder a determinadas ayudas o subvenciones públicas para determinados sectores, por lo que resulta conveniente que sea correcto para poder solicitarlas.

¿Cómo pueden comunicar los autónomos el cambio al nuevo CNAE25?

El nuevo servicio de la Seguridad Social se encuentra disponible en el apartado ‘Comunicar código de actividad CNAE25’, que se encuentra dentro de IMPORTASS, con el servicio disponible tanto desde la página web como desde la App.

Una forma de acceder a este servicio es a través del apartado de Área Personal, en la ficha de trabajo autónomo, por medio del enlace ‘Datos de trabajo autónomo’, y desde ahí, revisar la información de las actividades.

Otra manera es en la página inicial del portal IMPORTASS, desde el apartado de ‘Bajas y modificaciones’ o desde el apartado de trabajo autónomo. 

¿Quién tiene que realizar la comunicación del código CNAE25?

Según la Seguridad Social, todas las personas dadas de alta actualmente en trabajo autónomo y que, por tanto, hayan comunicado con anterioridad su actividad o actividades habituales con su correspondiente CNAE 2009.

En función de la actividad o actividades que el trabajador por cuenta propia desempeñe, se pueden encontrar en alguno de estos casos:

  • Personas dadas de alta como autónomos que realizan una o varias actividades y tienen códigos CNAE 2009 tienen equivalencia unívoca con los códigos de la CNAE 2025. Este cambio se realizará automáticamente por la Tesorería General de la Seguridad Social. Será posible comprobar el nuevo código a través del Área Personal.
  • Personas dadas de alta como autónomos que realizan una o varias actividades con códigos CNAE09 que tienen distintas opciones de código en el listado CNAE 2025. En este caso, los trabajadores por cuenta propia o sus apoderados tendrán que comunicar el nuevo código que corresponde a tu actividad o actividades.
  • En la situación de aquellos autónomos que realicen varias actividades, cabe recordar que será necesario comunicar el nuevo código CNAE para aquellas que no tengan «una correspondencia única» con el antiguo código de 2009.

¿A partir de qué fecha se va a hacer efectivo este cambio?

Si bien la nueva clasificación entró en vigor el pasado 16 de enero, un día después de su publicación oficial en el BOE, la Seguridad Social aclaró que el CNAE será operativo desde el próximo 1 de enero de 2026.

¿Qué información van a recibir autónomos y apoderados?

La Tesorería va a ir remitiendo nuevos avisos para actualizar los códigos antiguos a los nuevos, que los trabajadores por cuenta propia recibirán a través de su Área Personal de IMPORTASS.

Asimismo, como ya anunció este diario hace unos días, el organismo público también está realizando una nueva campaña de comunicaciones en el caso de aquellos autónomos y autorizados RED de los que dispone el número de teléfono móvil o el correo electrónico, donde está notificando tanto el servicio para informar del nuevo código como el plazo límite para cumplir con la obligación, así como la actualización de los datos que la Seguridad Social haya realizado para que pueda ser consultada.

Fuente: autonomosyemprendedor.es

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