Ya hace ocho meses que entró en vigor el nuevo sistema de cotización por ingresos reales que modificará las cuotas que pagan los autónomos a la Seguridad Social durante los próximos años. El Real Decreto Ley 13/2022 estableció cuáles serán estas cuotas que tendrán que abonar los trabajadores por cuenta propia no sólo este año, sino también en 2024 y 2025.
Hasta la fecha, la base mínima de cotización ha sido de 960 euros al mes a la que le corresponde una cuota de 294 euros mensuales. Sin embargo, las tablas de cotización publicadas por el Real Decreto Ley 13/2022 y difundidas por la Seguridad Social desde finales del año pasado han establecido bases y cuotas mínimas que tendrán que pagar los autónomos en los próximos años.
Según explicó la Seguridad Social, «el pasado 1 de enero de 2023 se desplegó progresivamente (durante tres años) un sistema de quince tramos que determina las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo, como transición al modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales que se producirá como muy tarde en nueve años».
Si bien es cierto que las bases de cotización y cuotas asignadas ya han sido publicadas tanto por el BOE como por la Tesorería, en ambos casos recuerdan que estas cuantías son provisionales y pueden ser modificadas cada año con la entrada en vigor de los Presupuestos Generales del Estado. En todo caso, las tablas sirven como aproximación para que los autónomos conozcan lo mínimo que podrán pagar por sus cotizaciones hasta 2025, que oscilará entre 200 y 230 euros, dependiendo del año y de sus rendimientos netos.
Los autónomos pagarán entre 200 y 230 euros de cuota mínima en los próximos años
A finales del año pasado, la Seguridad Social ya avanzó en una publicación de su revista que «las cuotas mensuales a la Seguridad Social irán desde los 230 a los 500 euros al mes en 2023, y de los 200 a los 590 euros al mes en 2025, siempre en función de los rendimientos netos».
Pero, en el Real Decreto Ley se especifica que todas las cuotas propuestas en la norma podrían modificarse en los próximos dos años. Tanto en 2024 como en 2025, cabe la posibilidad de que la Ley de Presupuestos Generales del Estado pueda introducir alguna modificación. En diciembre de cada año se validarán o refutarán las tablas de cotización actualmente vigentes en la norma que regula el el sistema de ingresos reales.
En cualquier caso, y hasta que se confirmen estos importes, los autónomos ya pueden consultar las tablas de bases de cotización y cuotas para cada tramo de rendimientos netos en los próximos años. Según las cuantías detalladas para cada tramo y año que difundió la Seguridad Social a través de sus re
des, la cuota mínima que podrán pagar los autónomos con menos ingresos irá descendiendo desde los 230 euros en 2023 hasta 2025.
El nuevo sistema establece dos cuotas mínimas: una para aquellos cuyos rendimientos sean inferiores a 14.001,48 euros anuales. – que se acogerán a la denominada ‘Tabla Reducida’ – y otra para el resto de trabajadores por cuenta propia – ‘Tabla General’ – que superen dichos o igualen dichos ingresos netos.
Como se puede observar en la tabla, en 2023, los autónomos que hayan comunicado sus ingresos reales y cuyos rendimientos netos sea inferiores a los 14.001,48 euros anuales pagarán una cuota mínima a la Seguridad Social de 230 euros y cotizarían por una base mínima de 751,63 euros.
Para el año 2024 – como señala el Real Decreto – su cuota mínima pasará a ser de 225 euros al mes y su base mínima de 735,29 euros. Finalmente, en 2025, la cuota mínima en el ‘Tramo 1’ de la denominada ‘Tabla Reducida’ será de 200 euros al mes con una base mínima de 653,59 euros mensuales.
Por el contrario si un autónomo tuviera rendimientos netos superiores o iguales a los 1.166,70 euros mensuales, formará parte de la denominada ‘Tabla General’ y pagará una cuota mínima de 291 euros en 2023 y 2024, y de 290 en 2025.
Cuotas mínimas para los tramos más altos y para los autónomos societarios
Por otro lado, si se observa la tabla anterior, para el caso de los autónomos que más ingresan -ubicados en el tramo 12 de la ‘Tabla General’ del real Decreto Ley 13/2022 – la cuota mínima será en 2024 de 530 euros al mes con una una base mínima de 1.732,03 euros. Un año inmediatamente después, el trabajador por cuenta propia que se sitúe en este tramo de la tabla pagará 590 euros al mes de cuota mínima máxima y cotizará por un base de 1.928,10 euros al mes.
En cuanto a los autónomos societarios, todavía se desconoce las cuotas mínimas que tendrán durante los próximos años. “La cotización de un autónomo societario es prácticamente igual que la de un autónomos persona física. La clave la reforma del sistema cotización para este colectivo es que la base mínima de cotización se establecerá en 1.000 euros para 2023. En el 2024 y el 2025 dicha base se establecerá o definirá en los Presupuestos Generales del Estado, afirmó en anteriores declaraciones Laura Gómez Lima, vicesecretaria general de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).
Es decir, en 2023, los autónomos societarios que hayan comunicado sus ingresos reales pagarían una cuota de entorno a 310 euros. Si tomamos como referencia las tablas presentadas por la Tesorería para los autónomos personas físicas para el 2024 y 2025, los autónomos societarios pagarán mensualmente – cotizando por una base mínima de 1.000 euros – 320 euros en 2024 y 350 euros en 2025.
Fuente: autonomosyemprendedor.es