La nueva Tarifa Plana -llamada Tarifa Reducida- permite a la mayoría de autónomos pagar una cuota reducida de 80 euros durante un año, ampliable a dos. Sin embargo, algunos colectivos especiales pueden llegar a disfrutar de esta bonificación durante un total de cinco años.
Con la entrada en vigor en 2023 del Real Decreto-ley 13/2022 de 26 de julio de 2022, se estableció un nuevo sistema de cotización por ingresos reales para los trabajadores por cuenta propia y se produjeron algunas modificaciones que afectaron, entre otras cosas, a la ya conocida Tarifa Plana para autónomos.
Dentro de estas novedades se introdujeron también unas cuantas modificaciones que obligan a los trabajadores por cuenta propia a realizar varios trámites para ampliar la duración de esta bonificación, siempre y cuando cumplan con determinados requisitos.
Para el grueso de los nuevos trabajadores por cuenta propia, el nuevo sistema de ingresos reales dice que los autónomos pueden acceder a un año de Tarifa Plana por importe de 80 euros al mes, prorrogable a otro año más, si los ingresos netos del trabajador en cuestión no superan el SMI (Salario Mínimo Interprofesional) durante el primer ejercicio de actividad. En 2024, este sueldo es de 1.323 euros al mes y en 2023 era de 1.260 euros al mes, calculado en doce pagas.
Aunque muchos nuevos autónomos pueden acceder a dos años de Tarifa Plana, hay algunos colectivos especiales, como las personas con un 33% o más de discapacidad, que pueden optar a esta bonificación durante más tiempo. En concreto, el artículo 38 del Estatuto del Trabajo Autónomo especifica los colectivos para los que el periodo inicial de tarifa Plana es de 24 meses, ampliable a 36 meses más. Es decir, podrían disfrutar de hasta cinco años de cuota reducida.
¿Qué autónomos pueden ampliar la Tarifa Plana y durante cuánto tiempo?
Hasta 2023, la Tarifa Plana para autónomos durante el primer año era de 60 euros, y esta bonificación iba decreciendo en el segundo año. A partir de 2023, y con la entrada en vigor del sistema de cotización por ingresos reales, la Tarifa Plana pasó a estar fijada en 80 euros.
El nuevo sistema de cotización por ingresos reales modificó la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo. En el nuevo artículo 38 ter se dice ahora que todos los nuevos autónomos que cumplan algunos requisitos concretos, como no haberse acogido a esta medida durante los tres años inmediatamente anteriores a su solicitud, tienen derecho a disfrutar de estar bonificación y a la posibilidad de extender su duración.
Eso sí, esta ampliación habrá que solicitarla expresamente a la Seguridad Social, y en plazo, a través del enlace habilitado para ello.
Colectivos especiales que pueden acceder a dos años de Tarifa Plana ampliable a cinco
Aunque por normal general, desde 2023 la Tarifa Plana es de un año ampliable a dos, el mismo Real Decreto-ley prevé algunas situaciones especiales por las que ciertos colectivos contarían con dos años iniciales de Tarifa Plana ampliable a tres años más, en caso de reunir algunos requisitos y no superar el SMI. Es decir, podrían contar con hasta cinco años de cuota de autónomos por 80 euros al mes.
Estos colectivos especiales, según dice la ley, son los siguientes:
- Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%
- Víctimas de violencia de género
- Víctimas de terrorismo
¿Cómo solicitar la Tarifa Plana?
Tanto si el autónomo forma parte de la norma general como si pertenece a alguno de los colectivos vulnerables recogidos en la excepción publicada en el BOE, para disfrutar de la ampliación de la Tarifa Plana, estará obligado a solicitar la prórroga en algún momento si quiere seguir pagando una cuota reducida.
Todos y cada uno de los autónomos que estén ya disfrutando de la Tarifa Plana deberán tener unos beneficios – rendimientos netos- inferiores al SMI, (Salario Mínimo Interprofesional) vigente durante la duración de su Tarifa Plana y solicitar su ampliación antes de que finalice su derecho.
Los nuevos autónomos, como regla habitual, deberán solicitar esta ampliación antes de que se hayan terminado los primeros 12 meses de bonificación.
Y aquellos autónomos que tengan reconocida una discapacidad superior al 33%, sean víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo contarán con un periodo de 24 meses para realizar los trámites que permitan extender la duración de la conocida Tarifa Plana.
Los pasos para realizar esta ampliación son los siguientes:
- En primer lugar, acceder a la página web de la Seguridad Social a través del enlace y hacer click en “solicitar”.
- Identificarse mediante Cl@ve Permanente, Cl@ve PIN, Vía SMS, DNIe o Certificado.
- Rellenar y enviar el formulario de prórroga a la Seguridad Social antes de que termine el derecho a la bonificación.
- Adjuntar una declaración relativa a que los rendimientos netos que se prevé obtener van a ser inferiores al Salario Mínimo Interprofesional vigente.
Fuente: autonomosyemprendedor.es