El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado 15 de enero la nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), que sirve para agrupar y clasificar todas las actividades que desarrollan los autónomos y las empresas en España, a efectos de estadísticas y otras obligaciones.
Esta clasificación llevaba desde 2009 sin actualizarse -es decir, 16 años-, por lo que los cambios buscan incluir en la CNAE las actividades que han ido apareciendo en los últimos años, así como las que han ido “cobrando importancia en la economía mundial, europea y nacional”, explica el BOE.
Dentro del decreto que regula las nuevas actividades incluidas en la CNAE, además, se recoge una cuestión que podría obligar a millones de autónomos y pequeños negocios a comunicar de nuevo su actividad a la Seguridad Social antes del 30 de junio de 2025.
Consultados por este medio sobre esta cuestión, los graduados sociales afirmaron que esta nueva obligación implicará un aumento de la carga administrativa innecesaria para los autónomos y los profesionales que actúan en su nombre. Según su opinión, Seguridad Social debería tener la capacidad para realizar los cambios por sí misma, y no obligar a los negocios a cumplir un nuevo trámite.
Los autónomos y los negocios tienen hasta el 30 de junio para comunicar su CNAE con arreglo a la nueva lista
El real decreto que regula la nueva CNAE –puede consultarse en este enlace, donde se incluyen todos los nuevos códigos– explica que la actualización “es un paso clave en los esfuerzos por modernizar la producción de las estadísticas oficiales al adecuarse a la realidad actual y permite que las empresas, las entidades financieras, los gobiernos y los demás operadores del mercado dispongan de datos fiables y comparables tanto en el ámbito nacional como internacional.”
Sin embargo, la nueva clasificación conllevará también una obligación adicional para todos los autónomos y los negocios, que tienen el deber de estar dados de alta en uno de los epígrafes. Deberán comunicarlos de nuevo a la Seguridad Social, con arreglo a la actualización, antes del 30 de junio.
En concreto, el BOE recoge que “los sujetos responsables de la obligación del ingreso de las cuotas de la Seguridad Social, dichos sujetos responsables deberán comunicar a la citada entidad, conforme a los procedimientos que ésta establezca”, la siguiente información:
- En el caso de los sujetos responsables que ya consten en los registros, deberán comunicar la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2025 antes del 30 de junio.
- En el caso de los sujetos responsables que se incorporen a los registros desde la entrada en vigor del real decreto, deberán comunicar en el momento de su incorporación la codificación de la variable actividad económica según la nueva CNAE.
- Asimismo, los sujetos responsables deberán comunicar, igualmente, la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2009 para el periodo de tiempo que transcurra entre la entrada en vigor de este real decreto y la entrada en vigor de la legislación de la Seguridad Social “que establezca la tarifa de primas para la cotización al sistema de la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales adaptada a la CNAE-2025”, recoge el BOE.
Así, se trata de una clasificación importante, que tiene implicaciones más allá de la mera recopilación de datos estadísticos. Por ejemplo, las primas en base a las que los autónomos y los negocios tasan el impacto de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que sirve para establecer el coste de estas situaciones, dependiendo de cada sector de actividad.
Los graduados sociales afirman que Seguridad Social podría realizar estos cambios de oficio
Los graduados sociales consultados por este medio se mostraron contrarios a la nueva obligación de comunicar los cambios en la CNAE hasta próximo 30 de junio. Según afirman, Seguridad Social debería tener la capacidad de modificar los datos por sí misma, teniendo en cuenta que en 2009 ya contaba con un sistema de conversión automática.
Al respecto, Daniel Blas, graduado social y consultor especializado en autónomos de la asesoría Afiris, valoró a este diario que los profesionales “entendemos que directamente la Tesorería debería adaptarlos a la nueva CNAE. Como ya tienen los datos, deberían ser ellos quienes miren si está bien y, en caso contrario, lo adapten a la nueva codificación.
Así, la nueva obligación que recoge el BOE “podría implicar que los autónomos deban comunicar de nuevo a Seguridad Social la codificación de su CNAE, aumentando otra vez más la carga administrativa que tenemos que soportar los trabajadores por cuenta propia y los profesionales que trabajamos para ellos.”
Este nuevo imperativo afectaría, además, a millones de autónomos y empresas, ya que la nueva CNAE añade nuevas actividades, pero, en otros casos, “se ha cambiado su codificación, por lo que los autónomos y negocios también tendrían que modificarlas hasta el 30 de junio, a pesar de que su denominación sea la misma”, aseguró el graduado social.
No modificar este registro podría tener consecuencias graves para los negocios y los autónomos. En este sentido, los graduados sociales se preguntaron qué ocurriría si, debido a un error en la tarificación de un accidente de trabajo grave o muy grave porque la Inspección no considere idóneo el código de la CNAE de la empresa.
Fuente y foto: autonomosyemprendedor.es